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AutorRespuesta No: 262442
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Fecha de respuesta: Martes 17 de Abril de 2012 15:44 2012-04-17 15:44 desde IP: 187.161.150.167
No menciona si su accidente fue de trabajo (realizando alguna comisión o traslado al o del trabajo) por lo que hay que asumir que se trató de un accidente fuera de horario laboral y bajo esa perspectiva, efectivamente, no tiene posibilidad de conseguir una pensión (independientemente de la edad, la cual no menciona), tampoco menciona si está o no incapacitada o cual es su función laboral. Pero en términos generales le comento lo siguiente:
Si se encuentra incapacitada debe tener cuidado del número de días que lleva de licencia medica, porque de 5 a 10 años de antigüedad solo se tiene derecho a 45 días de licencia con sueldo integro, 45 con medio sueldo y hasta completar 52 semanas sin sueldo, pero al concluir este plazo es cuando se dictamina la procedencia o no o la capacidad o no de que el paciente pueda seguir laborando, las licencias pueden ser continuas o discontinuas, una sola vez cada año contado a partir del momento en que se tomó posesión del puesto.
Por otra parte, si su actividad laboral, es de campo o parada y esa función ya no la puede realizar, el medico puede recomendar a la Institución donde usted labora, se le asignen nuevas funciones debido a su problema médico.
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