Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 135747
  • Autor : law and rp
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 287
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3408
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 252014

  • law and rp
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Es efectívamente cierto que si pagas los impuestos del ejercicio al que te invitan a ponerte al corriente en un futuro tengas que cubrir los de ejercicios subsecuentes o anteriores, incluso, podría requerirsete una auditoria de ventanilla para acreditar los ingresos a tu cuenta efectuados mediante transferencias o depósito de cheque. Si nos vamos a los extremos podría incluso tipificarse como una conducta penal equivalente a la defraudación fiscal, desde luego no sin antes agotar el procedimientos económico coactivo que te permitiría una defensa adecuada. Te podría sugerir agotar medios como el juicio de amparo ya que existen ingresos que nos son considerados como utilidad para la autoridad fiscal, quedo a sus apreciables órdenes.