- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 130812
- Autor : kokoduro1
- Consultas en Foro: 2
- Respuestas en Foro: 1321
- Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 3436
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 245579
-
Fecha de respuesta: Jueves 17 de Noviembre de 2011 19:47 2011-11-17 19:47 desde IP: 187.144.37.102
Cerillo, saludos:
No estamos hablando de dos cosas.
La acciòn siempre se la CAMBIARIA DIRECTA.
La via es la ejecutiva mercantil o la via de regreso, estamos habaldno de la via.
Ambos actos estan legitimados, lo que cambia es la via, no la acciòn.
La acciòn cambiaria directa la ejerce el acreedor directo o su endosatario en propiedad.
La acciòn de regreso es la que ejercen los avalistas o los terceros que rescatan el documento y que no son parte del mismo, su legitimaciòn nace por el hecho de recuperar el documento, esos pueden atacar a cualquiera, no son parte del documenjto;
-
Autor