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  • Consulta : 124447
  • Autor : ilianave
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    Respuesta No: 237945

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Lamento diferir de lo que dice Lic. Kokoduro, pero el Lic. Abomau tiene razón.

    En el Distrito Federal, asienta la razón el litigante o persona que va a darse por notificada o a recoger un documento, pero es una constancia o comparecencia que debería elaborar, precisamente el Secretario de Acuerdos, es por ello que al final, se pone doy fe y en seguida de esa palabra, el Secretario de Acuerdos, firma la razón.

    Si no ha firmado el Secretario de Acuerdos la razón, no el entregan nada o no lo notifican de nada, es decir, hasta que el Secretario de Acuerdos, da fe y verifica los datos de identidad de quien se va a notificar o a recibir algo, y por ello, AVALA CON SU FIRMA LA CONSTANCIA O COMPARECENCIA que el Juzgado debío haber elaborado.

    Si Usted acude a un Juzgado de Distrito, las razones ya están elaboradas, nada más para que se llenen los datos y en las mismas, al final dice: DOY FE y nuevamente como le comento, hasta que no firma el secretario de acuerdo dicha razón, no se entrega o notifica nada.

    En consecuencia, las razones las deben elaborar el personal del Juzgado, no los litigantes, pero por la carga de trabajo, se estila que uno las haga, cuando lo legal es que deberían ser los propios Secretarios y Actuarios, al amparo de su fe, quienes realizaran dichos actos y uno nada más firmar la constancia correspondiente.

    Saludos.