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  • Consulta : 117804
  • Autor : tuamigoabogado
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    Respuesta No: 228739

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

     

    Distinguidos Foristas

    Con seguridad  seré tomado por palero de Don Alejandro,  pero todos sabemos que el traumatismo ocular  vulgarmente conocido como ojo amoratado es una magulladura alrededor del ojo, y se produce cuando un objeto golpea directamente al ojo, la fuerza del impacto rompe los delicados vasos sanguíneos de los párpados y los tejidos que los rodean, y la sangre se acumula debajo de la piel y produce una coloración negra o azul en los párpados y alrededor de la órbita de los ojos, en atención a que la piel que rodea los ojos es delgada y transparente.

     Dicho de otra manera; las lesiones que en su momento presento el infante son análogas a las producidas mediante mecanismo de contusión, con agente duro de bordes lisos

    Las contusiones son lesiones que fueron producidas por agentes duros de superficie lisa que actúan sobre el cuerpo por intermedio de una fuerza más o menos considerable

     “La conducta punible que se configura cuando el resultado típico es producto de la infracción al deber objetivo de cuidado, y el agente debió haberlo previsto por ser previsible, o habiéndolo previsto confió en poder evitarlo” Considero que no existe en el presente caso violación a un supuesto deber de cuidado del profesor en su  calidad de garante, en el sentido de que no hizo nada por evitar el supuesto accidente, es muy disable toda vez que es obvio que el alumno no se provocó la lesión por impacto contra una pared como lo refiere su progenitor.

    y por ultimo me causo mucha gracia los comentarios de WENDY, es una personita muy ocurrente, pero fueron algo agresivos.

    En caso de duda quedo a la espera de su contacto

     

    Cordialmente

    Talento, pasión y trabajo

    Lic José Juan Aguilera

    TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

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