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  • Consulta : 115321
  • Autor : Primus Tribunus
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  • Autor
    Respuesta No: 226096

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    ADDENDUM:

    De nueva cuenta hago patente mi sorpresa de que usted continúe de necio cuando ya dos foristas le hicieron notar que en la localidad donde se dan los hechos existe un delito específico para la conducta de que el depositario use los bienes depositados, inclusive se le transcribió el tipo penal aludido, así que si usted no entiende es porque o no lo quiere entender, o porque de plano usted carece de cerebro y entendimiento..