Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 111750
  • Autor : J. ARMAND
  • Consultas en Foro: 17
  • Respuestas en Foro: 685
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3431
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 225252

  • J. ARMAND
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    garovalo:

    yo tampoco se si ha pasado o no, es nada mas un ejemplo,  lo que quiero decir es que si un cliente da toda su confianza a un abogado para que le resuelva un asunto el abogado debe hacer cumplir la ley a favor de su cliente hasta que la contraparte pague los daños, pero en caso de solicitar la aplicacion del articulo 211 de la Ley de amparo el infractor ya no tendra oportunidad de liberarse de una condena penal,

    devolviendote la pregunta que espero tengas a bien contestar  cuando se cita para un acuerdo conciliatorio para que al ofendido se le reparen los daños, cuando existen tambien delitos que se persiguen de oficio como creo que es la falsedad en el amparo en este caso ¿ no equivale a una extorsion?