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AutorRespuesta No: 221597
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Fecha de respuesta: Domingo 01 de Mayo de 2011 00:25 2011-05-01 00:25 desde IP: 187.194.21.112
en el art 11 se estan considerando los cuchillos..lanaza...sables....
por ello es que hay que remitirse a los codigos de los estados...o un ejemplo...la de queretaro...
DELITOS DE PELIGRO CONTRA
LA SEGURIDAD Y LA SALUD
(Ref. P. O. No. 15, 14-III-08)
CAPÍTULO I
PELIGRO DE DEVASTACIÓN
ARTÍCULO 218.- Al que mediante incendio, explosión o por cualquier medio creare un peligro común para los bienes
o para las personas se le impondrá prisión de 1 a 5 años.
CAPÍTULO II
ARMAS PROHIBIDAS
ARTÍCULO 219.- A quien porte, fabrique, importe o acopie sin un fin lícito instrumentos que sólo puedan ser utilizados
para agredir y que no tengan aplicación en actividades laborales o recreativas, se le impondrá prisión de 3 meses a 2
años, hasta 25 días multa y decomiso.
CAPÍTULO III
ASOCIACIÓN DELICTUOSA...
pero hay estados que mencionan el arma especifica... su longitud... su uso....por eso es necesario entrar al estudio....
pero ya desde el momento que es una arma que semeja una del ejercito... y si se la encunetran... pos .o a rambo... al bote...
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