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AutorRespuesta No: 213891
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Fecha de respuesta: Sábado 05 de Marzo de 2011 10:13 2011-03-05 10:13 desde IP: 201.173.182.18
Lo procedente en su caso es que presente una inconformidad ante el área de Recursos Humanos de su dependencia, debidamente fundamentada en los articulados que menciona existen en sus Condiciones Generales de Trabajo, le sugiero primero reseñe el asunto de que se trata y después fundamente, de esta inconformidad remítale copia a su propio sindicato (nacional), al Órgano Interno de Control de la Institución y a la Dirección General de Recursos Humanos (nivel central).
Ahora bien, recapitulando su caso, usted se está refiriendo a la autorización de licencia para el presente año, y si a la fecha no ha presentado la respectiva autorización, el supuesto ilícito laboral en el que encuadra es el abandono de empleo y no en uno que requiere sanción económica.
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