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  • Consulta : 100973
  • Autor : LIC ESPINOSA
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  • Autor
    Respuesta No: 209015

  • LIC ESPINOSA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    En atención a tu consulta, te puedo comentar que desgraciadamente en la practica del derecho laboral, es muy común que los abogados especialistas en esta rama,  acostumbren a utilizar el procedimiento ordinario laboral como un medio de defensa mas que legal, de presión, y efectivamente como tu lo dices tu eres solo UN TRABAJADOR MAS, sin embargo, en la practica laboral, se acostumbra demandar al patrón en lo personal si se trata de persona física y a la empresa o persona moral que tenia contratados los servicios del trabajador demandante, de igual forma es común demandar en el escrito inicial de demanda laboral al jefe o jefes inmediatos del trabajador, pues los abogados por estrategia los manda a llamar a juicio como patrones solidarios, de igual forma algunos acostumbran llamar a juicio como terceros interesados al Instituto Mexicano del Seguro Social, a la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico e incluso al INFONAVIT, pero en lo que respecta a tu consulta te puedo decir que si efectivamente tu solo eres un trabajador mas de la empresa, y NO EXISTE CONSTANCIA ALGUNA DE QUE TU EN LO PERSONAL RECONOZCAS LA RELACIÓN LABORAL CON EL TRABAJADOR DEMANDANTE, ( es decir, que exista algún documento en el que reconoces que el trabajador presta sus servicios personales y subordinados para tu persona, documentos que por enunciar podrían ser cartas de recomendación, constancias laborales, autorizaciones de representación en tu nombre y persona, altas al IMSS, etc.,), efectivamente el abogado que te defiende deberá de negar lisa y llanamente la relación laboral o de trabajo, y esto implica que procesalmente la carga probatoria corresponde al trabajador demandante quien deberá de acreditar en forma fehaciente la existencia de la relación laboral, por eso te puedo decir que no debes de preocuparte si efectivamente NO EXISTE NADA QUE TE INVOLUCRE O ACREDITE LA EXISTENCIA DE UNA RELACIÓN DE TRABAJO CON EL DEMANDANTE, y por otro lado, me permito informarte que de obtener un laudo o resolución definitiva favorable a tu persona en el juicio laboral, en la cual se tenga por no acreditada la relación laboral del demandante con tu persona y se te absuelva, si podrías denunciar los hechos ante un Agente del Ministerio Publico, ya que de integrarse   un delito denominado fraude procesal, que se encuentra establecido en el Articulo 310 del Código Penal vigente en el D.F., sin embargo tu abogado deberá de checar el código penal de tu entidad, pero si te puedo decir que existe solución a tu problema, además que la empresa para que la que trabajas debe en todo momento dar la cara y responder por ese problema por que no es de tu responsabilidad, es de ellos, es mas tu abogado además de negar la relación laboral, puede llamar a la empresa a juicio como tercer interesada, siempre y cuando acredite que tu eres un trabajador subordinado para la misma, y así obligarías a que la empresa le haga frente a sus responsabilidades.

    Espero sea de ayuda mi comentario y cualquier duda estoy a tus ordenes.