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  • Consulta : 99355
  • Autor : Primus Tribunus
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  • Autor
    Respuesta No: 206911

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    mario_v54:

    Recién ingresé a esta página el día de hoy, motivo por el cual NO me había percatado de su consulta, pero así como usted se comporta, solamente me resta decirle que...

    Si usted formuló su pregunta en otra consulta y aquí viene a repetirla, es importante que usted sepa que seguramente nadie le ha contestado no por desconocimiento del asunto, sino porque usted vino a formular preguntas tan, pero tan tontas, que nadie cree que sea verdad que usted pide le respondan a las cuestiones que pregunta, porque cualquiera con dos dedos de frente y la mínima cantidad de inteligencia sabe que las leyes de los Estados Unidos de América se aplican allá, pero nunca en México.

    Sin embargo, si usted insiste en que se cumpla con un testamento extranjero, entonces le aclaro que sí es posible, pero que, entonces, las personas que le asesoraron en U.S.A. son quienes tienen la incapacidad para responder a la simple pregunta que usted hace, y que, en tal virtud, y toda vez que sí estoy capacitado para responderle, también le aseguro que estoy capacitado para que usted me pague los honorarios que se deriven de desahogar su consulta, y que ese pago deberá ser previo a mi respuesta.