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  • Consulta : 99996
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 207702

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta,le informo.

    La empresa no puede deslindarse de la responsabilidad laboral que le resulta, pues así lo señala expresamente el artículo 477, párrafo segundo, de la Ley Federal del Trabajo, de los accidentes de trabaho que los trabajadores sufran al trasladarse los trabajadores directamente de su domicilioal lugar del trabajo, y de éste a aquél.

    En el caso particular, es evidente que si el centro de trabajo tiene celebrado con otra un contrato para que preste a sus trabajadores el servicio de transporte, a fin de que éstos se trasladen de su domicilio (o un lugar cercano a éste) a la empresa, al accidentarse el vehículo en que se transportan, es claramente evidente que las lesiones que sufran con motivo de ese evento(sin imoportar levedado gravedad de las mismas), ocurrieron cuando se trasladaban directamente de su domicilio al centro de trabajo en que prestan sus servicios, y por tanto, deben calificarse como accidente de trabajo en tránsito, tal y como lo determinó el Seguro Social.

    Para que sea estimado como accidente en tránsito, resulta entonces irrelevante que el desplazamiento del trabajador de su domicioio al lugar en que trabaja, lo realice en un vehículo arrendado por la empresa, en uno de servicio público de transporte e, inclusive, en uno particular propiedad del mismo trabajador, pues lo que la Ley Federal del Trabajo protege, es la integridad física del empleado durante su tránsito, del domicilioal centro de trabajo, y toda vez que el numeral 489, del Código Obrero también dispone en forma expresa, clara y precisa, que la circunstancia que el accidente haya sido causado por imprudencia o negligencia de un tercero, ni libera al patrón de su responsabilidad, entonces claramente se concluye que no puede eludirla,ni aún en el extremo que a cada uno de los trabajadores, se les hubiera hecho firmar algún documento en el que aceptaran que ellos asumen la responsabilidad de cualquier lesión orgánicao perturbación funcional, inmediata o posterior, o aún la muerte, producida fuera del estagbecimiento, o cuando se trasladen de su domicilio al centro de trabahjo y viceversa.