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  • Consulta : 99958
  • Autor : TANGO210
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    Respuesta No: 207677

  • TANGO210
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    (Resumen de Actividades)

    De la lectura integral de la presente consulta, se puede inferir que quiza lo que la impetrante de asesoria quiso decir fué que su abogado interpuso el recurso de apelación, lo cual ella señala como que "revoco" la sentencia, lo cual es de explorado derecho que el abogado no la revoca, sino el superior jerárquico de quien la dicto, asi las cosas, resulta inconcuso que la consultante tiene la duda de cual es el estado que guarda la situacion de su hermano despues de recibir una sentencia de primera instancia de siete años seis meses de prisión.

    En el caso en particular, no es posible dar una asesoria en cuanto al probable beneficio de su familiar, habida cuenta de que no proporciona ante que autoridad se encuentra a disposicion el mismo, ya que aun y cuando manifiesta que esta interno en el penal de puente grande, el cual es del orden federal, bien pudiese estar sujeto a alguna autoridad del fuero común, pero al no proporcionar que autoridad es la que lo tiene sujeto a proceso no es posible orientarle sobre algun beneficio, en cuanto a que si la sentencia que se le impondra será menor, tampoco es posible vaticinar esto, lo anterior en base a que no menciona si el ministerio  publico adscrito interpuso de igual forma el recurso de apelación, ya que de ser asi la sentencia podría incluso ser mayor.  Por ultimo le comento que en la mayoría de las legislaciones penales del pais, incluyendo la federal, no es posible obtener un beneficio cuando el quantum de lapena excede de 5 años. Saludos