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  • Consulta : 99939
  • Autor : Marrufo
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  • Autor
    Respuesta No: 207720

  • Marrufo
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Qué tal, buen día... de antemano muchas gracias por sus comentarios y el tiempo que le dedican a mi consulta...Ahora bien, aquí es donde me surgen unas nuevas dudas:

    Para poder impugnar me imagino que obviamente necesito ver el expediente para saber como fundar mis agravios, o no???

    Los oficios se interponen ante los juzgados o ante conciliación y arbitraje???.

    Gracias por su apoyo :)