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  • Consulta : 99830
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 207404

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Si, si tiene derecho al pago de la prima de antigüedad, ya que de conformidad con lo que señala el artículo 162, de la Ley Federal del Trabajo, ésta se paga a los trabajadores que se separen o que sean separados del empleo con o sin causa justificada, sin importar el tiempo que tengan laborando.

    En consecuencia, usted deberá asistirse de un abogado especialista en derecho laboral, a fin de que lleve a cabo los trámites legales necesarios, demandado a la empresa antes de que transcurran dos meses a partir de la fecha del despido, a fin de que reclamar las siguientes prestaciones:

    Indemnización constitucional, consistente en tres meses de salario: $ 17,700.00;

    Prima de antigüedad, consistente en doce días por cada año de servicios prestados o parte proporcional, la que se pagacon un salario máximo equivalente a dos veces el salario mínimo del área geogtráfica en que se ubique la empresa (aproximadamente $ 119.00 diarios); $ 2,142.00;

    Vacaciones y prima vacacional correspondientes al primer año de servicios cumplidos (seis días de vacaciones y el 25% del sueldo de estos, por concepto de prima vacacional): $ $ 1,475.00;

    Vacaciones y prima vacacional proporcionales a los seis meses restantes (cuatrodías de vacaciones y 25% de prima vacacional): $ 983.33;

    Aguinaldo proporcional a los días laborados en 2011 (dado que no señala la fecha del despido, elcálculo se hace al 20 de enero): $ 163.86;

    Sueldos y prestaciones que haya devengado y bno le hubieren sido pagados a la fecha del despudo, y

    Salarios caídos, desde el día del despido, hastala fecha que el patrón de cumplimiento al laudo que lo condene a pagarlos.

    Como recomendación, le sugiero que no firme a la empresa ningún documento, ni finiquito o liquidación, ni renuncia, ni ninguno otro del que pueda desprenderse que fue usted quien dió por terminada la relación de trabajo.