Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 99438
  • Autor : Rosen
  • Consultas en Foro: 50
  • Respuestas en Foro: 2098
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5585
  • : 97 %
  • : 2 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 206963

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Mí estimado (a) consultante ja_gazpar:

    Mire, si  tiene cotizadas 842 semanas, y la normatividad aplicable nos tipifica que la conservación de derechos es la cuarta parte de las semanas cotizadas, lo que nos da 210.5 semanas, y usted refiere haber dejado de cotizar de 1997, entonces nos encontramos con que la citada conservación se encuentra vencida en exceso, o sea desde hace ya varios años atrás, de tal suerte, que requiere cotizar ante un patrón 52 semanas para reactivar sus derechos, y en este sentido, poder pensionarse.

    SALUDOS Y MUCHA SUERTE