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AutorRespuesta No: 206922
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Fecha de respuesta: Martes 25 de Enero de 2011 12:21 2011-01-25 12:21 desde IP: 189.163.35.231
Retiro mi comentario anterior, y extendo mi disculpa al Lic Raul Cadena, en virtud que corroboré mi información vertida, y encontré mi error, y corroboré la veracidad de lo que el Usuario manifestó.
Lo anterior, en virtud de que la excepción de falsedad de firma es personalísima, tal cualse despredne del artículo 12 de la LTOC.
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