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Fecha de respuesta: Lunes 24 de Enero de 2011 12:25 2011-01-24 12:25 desde IP: 187.144.34.97
iniciar un regimen de pago por medio de consignación de dinero a favor en un juzgado....no menor a 1000 semanales....tu abogado sabe que hacer... pero la consignación la tienes que hacer tu...no tu abogado... ni parienets TU...para que veas consignar y tengas los recibbos originales de pago... tu ahorro no cuenta para estos efectos... no causa honorarios en favor de los abogados de la caja...el día que te embargen... o embarguen a tu aval... debes mostrar los recibos y dar copia forostatica al actuario del juzgado... nunca los originales... que tu abogado conteste la demanda y haga saber al juez de los pagos realizados....
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