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AutorRespuesta No: 206599
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Fecha de respuesta: Sábado 22 de Enero de 2011 19:06 2011-01-22 19:06 desde IP: 189.234.197.254
existe diferencia entre que recibas elpago de incapacidad... yel pago de pensión.... si es incapacidad... y no es permanente... tienes derecho a que la patronal te pague UNA QUINCENA de tu salario simple... no integrado.... por concepto de aguinaldo .... POR UNA SOLA VEZ...
pero si estas ya sujeto a pensión por incapacidad parcial permanente... ya no te toca nada de lo que el patron te pudiera tener que dar... esa esla diferencia...
es más... la patronal se ´puede quejar al imss... de tu pretensión de pago .... ya que estasujeta a aclaración por el imsss... o en su caso ante la juntalocal de conciliación y arbitraje...
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