- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 99011
- Autor : garovalo
- Consultas en Foro: 34
- Respuestas en Foro: 23202
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 7463
-
: 76 % -
: 23 %
-
AutorRespuesta No: 224514
-
Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Mayo de 2011 00:48 2011-05-25 00:48 desde IP: 187.194.50.138
el caso es que el patron no se salva de contratar un abogado para probar en juicio su intenciòn... o por codo... le va a tocar....
-
Autor





