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AutorRespuesta No: 206606
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Fecha de respuesta: Sábado 22 de Enero de 2011 19:32 2011-01-22 19:32 desde IP: 189.234.197.254
pos... a lo mejor rosen...tiene razón... pero como no esta derogada la articulación 1.94 del codigo de procedimientos civiles del edomex... y si presentas una promoción sin la firma de un abogado titulado...no se toma en cuenta en el proceso... pos... de nada sirve alegar... hay que ir con la corriente de la ley... y no perder el tiempo en argumentos constitucionales que pueden hacerte perder el tiempo y con ello el proceso que te ocupa...
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