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AutorRespuesta No: 206373
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Fecha de respuesta: Viernes 21 de Enero de 2011 14:52 2011-01-21 14:52 desde IP: 189.171.164.31
Usted requiere ser más proactivo en beneficio de sus intereses y no esperar que en este foro los abogados adivinemos las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que Usted llevó a cabo los actos jurídicos que cita tanto con el INFONAVIT como con la Constructora.
¿Cómo ser más proactivo? Utilice su sentido común. ¿Ya hizo esta misma consulta ante el INFONAVIT?
Dice Usted que ya recibió el contrato con la constructora pero que no hizo trámite alguno de escrituración. ¿Qué tipo de contrato efectuó entonces con la constructora? porque la compraventa de inmuebles debe otorgarse ante Notario y resulta poco creíble que el INFONAVIT le hubiese pagado el precio del inmueble sin que existiese un título a favor suyo y sin que se hubiese inscrito una hipoteca para garantizar el adeudo precisamente con el inmueble por Usted adquirido, todo lo cual necesariamente debió acontecer ante Notario.
Saludos.
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