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AutorRespuesta No: 206356
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Fecha de respuesta: Viernes 21 de Enero de 2011 12:41 2011-01-21 12:41 desde IP: 189.136.53.25
Consultante:
Le sugiero seguir con el juicio de arrendamiento, ya que una vez que se conteste la demanda, el juez citara a ambas partes a una audiencia previa y conciliación, en ese momento ustedes pueden llegar a un acuerdo, en que fecha desocupa el inmueble, que sucede si no desocupa, etc, y se estipulara que sanciones recibira la parte que incumpla dicho convenio, de esta manera usted tendrá la seguridad juridica de un convenio realizado ante el juez y elevado a categoria de cosa juzgada.
No haga acuerdos de palabra, no sirven.
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