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AutorRespuesta No: 206352
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Fecha de respuesta: Viernes 21 de Enero de 2011 12:19 2011-01-21 12:19 desde IP: 201.155.61.23
Hola:
La Ley federal del trabajo señala que los trabajadores eventuales que laboren por un periodo de cuando menos 60 días en una empresa o establecimiento, tendrán derecho a participar de las utilidades de la empresa, ( art 127 fr. VII ). Si tuvo usted el puesto de director general, gerente general o administrador de la empresa, no tendrá derecho a participar de las utilidades. ( art. 127 fr.I )
Usted no pierde derecho a participar de la utilidades de la empresa por la renuncia.
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