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AutorRespuesta No: 206341
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Fecha de respuesta: Viernes 21 de Enero de 2011 11:33 2011-01-21 11:33 desde IP: 201.155.61.23
Hola:
Sus temores son infundados en su totalidad. La figura que se presenta en este caso se llama sustitución patronal, en la que la nueva empresa absorve las obligaciones de la sustituída, entre ellas las laborales, y el compromiso de respetar, al menos por un tiempo, al personal y el respeto irrestricto a sus prestaciones, antigüedad, imss, etc.
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