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  • Consulta : 98864
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 206273

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    TANGO210

    Afirmativo. El conyuge superstite habiendo contraido nupcias en vida del autor(a) de la sucesion bajo el regimen de Sociedad Conyugal NO hereda, solo conserva el 50% que le corresponde el otro 50% del De cujus y siendo intestado se reparte en partes iguales entre quienes sean declarados herederos, esta regla aplica para el Estado de Mexico y desde luego para las demas entidades.

    Saludos.