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  • Consulta : 98672
  • Autor : tuamigoabogado
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    Respuesta No: 206005

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

     

    Distinguido valdreams

     De la manera mas simple y sencilla tratare de comentarle

     Cuando uno adquiere una propiedad tiene que formalizar la compra venta, es decir tiene que acudir con un notario quien solicitara que la casa materia de esa  compra venta no tenga adeudos de ningún tipo o alguna circunstancias que limite al nuevo adquirente o comprador, una vez que todo esta bien se tira la escritura y esta escritura que es el contrato de compra venta se inscribe en el registro publico de la propiedad para darle publicidad y enterar a todos que ahora usted es el nuevo propietario

     Si usted solo celebra un contrato de compraventa entre las partes, ese contrato de compra venta es su titulo de propiedad pero es defectuoso por que la ley indica que se tiene que protocolizar la operación de compra venta ante notario, para no ser defectuoso

     Si usted no encuentra a los vendedores tiene que contratar un abogado para que establezca la forma que le puede apoyar a regularizar su propiedad y para que con su escritura en la tesoreria municipal ponga el nombre del nuevo propietario en el catastro y en el sistema de agua previo pago del impuesto que cobra el ayuntamiento denominado traslado de dominio que cada vez que cambia de propietario la casa se genera

     Tiene que realizarlo a la brevedad posible para que el anterior propietario no vaya hacer mal uso de algun papel que se le quedo o pretenda una doble venta

     

    Quedo a sus ordenes en caso de duda quedo a la espera de su contacto

     

    Cordialmente

    Talento, pasión y trabajo

    Lic  José Juan Aguilera  

    TEL.  13 26 15 38   (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

    tuamigoabogado arroba  y a h o o. com. mx