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AutorRespuesta No: 206261
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Fecha de respuesta: Jueves 20 de Enero de 2011 19:32 2011-01-20 19:32 desde IP: 189.217.63.251
ROSY_22
Para que usted lo medite y saque sus propias conclusiones:
1) El conyuge supertite NO hereda si contrajo matrimonio bajo el regimen de Sociedad Conyugal.
2) El conyuge supertite Hereda en la porcion que corresponda a un hijo, habiendo contraido matrimonio bajo el regimen de Seperacion de bienes, si carece de bienes propios o bien teniendolos estos no alcancen a cubrir la porcion de un hijo. Si este es el caso de su asunto, bien puede el conyuge supertite acudir al Consulado Mexicano mas proximo y otorgar un Poder Notarial para que sea repreentado en juicio.
Suerte.
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