- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 98483
- Autor : F430LEGAL
- Consultas en Foro: 4
- Respuestas en Foro: 510
- Vox Populi:
Política: 0
Derecho:
Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6726
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 205723
-
Fecha de respuesta: Martes 18 de Enero de 2011 18:42 2011-01-18 18:42 desde IP: 189.136.53.25
Consultate:
Los alimentos los puede demandar en cualquier momento, pero para ello deberá hacer lo siguiente:
Promueva un juicio de reconocimiento de paternidad, solicitando como prestaciones accesorias: el aseguramiento y pago de una pensión alimenticia, la guarda y custodia provisional y en su momento definitiva, si lo desea la perdida de la patria potestad.
Asistase de un abogado.
-
Autor





