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  • Consulta : 98429
  • Autor : CyC Abogados
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  • Autor
    Respuesta No: 205908

  • CyC Abogados
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Si, eso dice la ley, pero se le da la opinion, en base a la experiencia profesional del de la voz, es su derecho interponer el recurso o irse directamente a la nulidad mediante el juicio contencioso.

    Son formas de postular unicamente, ud, podra constatar el resultado en 6 meses que le resuelvan su recurso.

    Saludos cordiales.