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  • Consulta : 98428
  • Autor : victor32mty
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  • victor32mty
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Si los niños estan registrados por el, entonces el tenia la obligacion desde hace muchos años de dar pension para ellos independientemente de que los viera o no ya que ese era otro proceso.

    No necesita ningun amparo ya que asumo que es la primera vez que lo estan demandando para que de pension alimenticia asi que debe presentarse y llegar a un acuerdo que vaya a corde a su posibilidades, el que sea humilde, ayudante de albañil, voceador, etc no lo exhime de su obligacion de dar pension alimenticia y primero debe cumplir con sus obligaciones para pretender tener derechos.