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AutorRespuesta No: 205340
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Fecha de respuesta: Domingo 16 de Enero de 2011 19:29 2011-01-16 19:29 desde IP: 189.216.10.16
El inicio de un Juicio de Sucesión Legítima es lo prioritario, además de que debe de existir una autoridad que legitíme y dé fé pública del acto jurídico de la transmisión de la propiedad por cualquiera de las modalidades; una vez, obteniendo la sentencia, solicitar ante notario, la escrituración a favor tuyo.
Lo anterior, como lo estipula el código civil para Baja California en su artículo 1489 que a la letra dice: "Tienen derecho a heredar por sucesión legítima: I.- Los descendientes, cónyuge, ascendientes, parientes colaterales dentro del cuarto grado y en ciertos casos la concubina"; Por lo tanto, la preferencia al heredar es para los hijos, en este caso, tú esposo y cuñados, por lo que deben de aceptar la herencia y en otro acto, ceder los derechos a favor tuyo.
Lejos de que la solvencia económica sea elevada, el beneficio para todos es tener una mayor certeza jurídica y no acarrear problemas posteriores por omisión de actos y / o procedimientos jurídicos.
Saludos.
su amigo y servidor.
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