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Fecha de respuesta: Domingo 16 de Enero de 2011 11:40 2011-01-16 11:40 desde IP: 189.171.164.31
Usted es libre de testar en favor de quien o quienes le plazca.
Su referencia a hijos de "no sangre" supongo que es respecto de hijos propiamente de su segunda esposa y, salvo que Usted los halla adopatado o reconocido como propios, ELLOS NO TIENEN DERECHO A HEREDAR por sucesión legítima.
Para evitar que su cónyuge actual tenga acceso por vía de sucesión legítima a la porción de un hijo por cualquiera de las hipótesis que la ley prevé, situación que disminuirá la participación de sus hijos en la sucesión legítima, LE RECOMIENDO OTORGAR TESTAMENTO a través del cual Usted podrá instituir a los herederos y/o legatarios en las proporciones, partes o términos que crea convenientes.
Consulte con el Abogado de su confianza para asesoría relacionada con el TESTAMENTO OLOGRAFO, mucho más económico que el otorgado ante Notario Público.
Saludos.
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