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  • Consulta : 98158
  • Autor : LicVelazquez
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  • Autor
    Respuesta No: 205245

  • LicVelazquez
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Usted es libre de testar en favor de quien o quienes le plazca.

    Su referencia a hijos de "no sangre" supongo que es respecto de hijos propiamente de su segunda esposa y, salvo que Usted los halla adopatado o reconocido como propios, ELLOS NO TIENEN DERECHO A HEREDAR por sucesión legítima.

    Para evitar que su cónyuge actual tenga acceso por vía de sucesión legítima a la porción de un hijo por cualquiera de las hipótesis que la ley prevé, situación que disminuirá la participación de sus hijos en la sucesión legítima, LE RECOMIENDO OTORGAR TESTAMENTO a través del cual Usted podrá instituir a los herederos y/o legatarios en las proporciones, partes o términos que crea convenientes.

    Consulte con el Abogado de su confianza para asesoría relacionada con el TESTAMENTO OLOGRAFO, mucho más económico que el otorgado ante Notario Público.

    Saludos.