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AutorRespuesta No: 205182
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Fecha de respuesta: Sábado 15 de Enero de 2011 16:28 2011-01-15 16:28 desde IP: 201.143.228.47
Hola mire lo que tiene que hacer su esposo es promover un juicio que se llama MEDIOS PREPARATORIOS ante el Juez Civil de Primera Instancia a efecto de que judicialmente su suegra o cuñada RECONOZCAN la deuda primeramente, toda vez que no hay un documento que les permita de manera directa ejercer accion sobre ellos, por lo que es necesario el "reconocimiento de la deuda" ante el Juez a traves de este juicio. El medio probatorio que podria solicitar en este juicio seria la CONFESIONAL (su abogado entendera). Una vez reconociendo la deuda judicialmente, su esposo podra promover el juicio ordinario a efecto de que les pague la deuda reconocida.
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