Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 98096
  • Autor : Sergio Orea
  • Consultas en Foro: 6
  • Respuestas en Foro: 412
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5560
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 205171

  • Sergio Orea
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Pues lo puedes hacer tanto en la vía incidental como en un juicio autónomo nuevo. Sin embargo debes demostrar el extremo de tus acciones, en este caso desde mi punto de vista debes dedemostrar la proprocionalidad ntre lo que se le está dando y las necesidades que tiene el acreedor alimentista a efecto de que prospere.