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  • Consulta : 97975
  • Autor : F430LEGAL
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  • Autor
    Respuesta No: 204946

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Consultante:

    La prescripción de la acción para reclamar el cobro en juicio de los pagarés, se interrumpio desde el momento en que se presento la demanda ejecutiva.

    En un juicio mercantil se puede presentar la caducidad de la instancia, derivada de una falta de actividad procesal por cualquiera de las partes.

    Es necesario conocer la situación procesal que guarda el expediente, en que étapa se encuentra; pero su abogado debe de informarle todo esto, para eso le esta pagando.

    Si no puede pagar lo que le piden sus acreedores,o no hay manera de lograr una transacción; éllos tendrán que ejecutar los bienes embargados en almoneda pública( si los hay), para poder recuperar su dinero, previa sentencia condenatoria dictada en su contra.