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  • Consulta : 97840
  • Autor : BONY VOX
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  • Autor
    Respuesta No: 204847

  • BONY VOX
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    El procedimiento como siempre  tiene  bastantes  fallas  en si  de entrada  solo es  una carta  invitacion y recuerden que nos marca el art 16 de la constitucion pero  tambien  tiene  como objeto ver en que se ocupo dicho credito empresarial, cuanto  produjo cuanto d  ingreso cuanto de egreso y todo se desemboque en una auditoria que  tiene  como fin fincar  un credito fiscal. pero nada que no se  pueda  impugnar y todo  comienza  desde  el iva  a depositos  en efectivo...