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AutorRespuesta No: 204847
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Fecha de respuesta: Jueves 13 de Enero de 2011 20:03 2011-01-13 20:03 desde IP: 201.161.58.9
El procedimiento como siempre tiene bastantes fallas en si de entrada solo es una carta invitacion y recuerden que nos marca el art 16 de la constitucion pero tambien tiene como objeto ver en que se ocupo dicho credito empresarial, cuanto produjo cuanto d ingreso cuanto de egreso y todo se desemboque en una auditoria que tiene como fin fincar un credito fiscal. pero nada que no se pueda impugnar y todo comienza desde el iva a depositos en efectivo...
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