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AutorRespuesta No: 204599
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Fecha de respuesta: Miércoles 12 de Enero de 2011 21:19 2011-01-12 21:19 desde IP: 189.189.163.229
ALEJANDRA: recibe cordiales saludos de tu amigo el Lic. Polo de Ecatepec Estado de México: En el momento en que usted se enteró de la REDUCCION de salario, pudo haber DEMANDADO a su patrón por falta de probidad que señala el Artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, ya que, para esos casos sólo tiene UN MES para demandar, así que le recomiendo, no se deje sorprender.
Le pregunto, en su trabajo le dan recibos de pago? tiene seguro social? porque si sí posee usted esos recibos de pago, y cuando le paguen sus vacaciones con el salario ACTUAL podrá usted demandar acreditando que le redujeron el salario. Ok? SALUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE ! ! ! ! ! !
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