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  • Consulta : 97689
  • Autor : SERGIO A
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  • Autor
    Respuesta No: 207915

  • SERGIO A
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    En relación al artículo 402 del Código de Justicia Militar sería interesante saber que entiende el legislador por actos deshonestos.

    Sin embargo, aquí tenemos una Tesis aislada de la Primera Sala. que puede darnos una Luz al respecto:

     

    Séptima Época

    Registro: 235275

    Instancia: Primera Sala

    Tesis Aislada

    Fuente: Semanario Judicial de la Federación

     86 Segunda Parte

    Materia(s): Penal

    Tesis:

    Página:    51

     

    HONOR MILITAR. DELITOS CONTRA EL.

    El contenido del capítulo de "delitos contra el honor militar" del Código de Justicia Militar, que comprende trece artículos, del 397 al 409, permite sostener que para la legislación castrense el militar que ejecuta cualquier acto que afecta la buena opinión que se tenga de los miembros del Ejército, debe ser sancionado, y las conductas que se erigen en figuras delictivas abarcan desde la cobardía frente al enemigo (pena de muerte), hasta el pignorar condecoraciones o documentos de identificación (fracción III del 408), e incluso violar la palabra de honor dada.

     

    Amparo directo 4640/75. Francisco Alcocer Montes. 25 de febrero de 1976. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.