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Fecha de respuesta: Lunes 31 de Enero de 2011 00:01 2011-01-31 00:01 desde IP: 189.174.183.15
En relación al artículo 402 del Código de Justicia Militar sería interesante saber que entiende el legislador por actos deshonestos.
Sin embargo, aquí tenemos una Tesis aislada de la Primera Sala. que puede darnos una Luz al respecto:
Séptima Época
Registro: 235275
Instancia: Primera Sala
Tesis Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
86 Segunda Parte
Materia(s): Penal
Tesis:
Página: 51
HONOR MILITAR. DELITOS CONTRA EL.
El contenido del capítulo de "delitos contra el honor militar" del Código de Justicia Militar, que comprende trece artículos, del 397 al 409, permite sostener que para la legislación castrense el militar que ejecuta cualquier acto que afecta la buena opinión que se tenga de los miembros del Ejército, debe ser sancionado, y las conductas que se erigen en figuras delictivas abarcan desde la cobardía frente al enemigo (pena de muerte), hasta el pignorar condecoraciones o documentos de identificación (fracción III del 408), e incluso violar la palabra de honor dada.
Amparo directo 4640/75. Francisco Alcocer Montes. 25 de febrero de 1976. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
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