- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 97689
- Autor : J. ARMAND
- Consultas en Foro: 17
- Respuestas en Foro: 685
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5564
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 206290
-
Fecha de respuesta: Jueves 20 de Enero de 2011 22:08 2011-01-20 22:08 desde IP: 201.164.252.26
el articulo 272 del codigo penal de veracruz vigente desde el 31 de diciembre del 2009 dice:
ARTICULO 272.- A QUIEN DESTRUYA, INUTILICE QUITE O CAMBIE UN DISPOSITIVO O SEÑAL DE SEGURIDAD DE UNA VIA DE COMUNICACION ESTATAL, SE LE IMPONDRAN DE SEIS MESES A TRES AÑOS DE PRISION..
-
Autor





