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  • Consulta : 97689
  • Autor : Primus Tribunus
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  • Autor
    Respuesta No: 205620

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    garovalo:

    En primerísimo lugar, le hago notar que, al parodiar el nick de un forista, usted se ha colocado en el plan agresivo, burlón, injurioso y violatorio de las reglas del foro que en otras ocasiones ha dado pauta para que usted solicite la expulsión de quien hace tales violaciones, así que le pregunto: ¿¡¿usted solicitará que el Staff de Administración expulse a usted mismo por ofender a quien usted denomina "pastito verde"?!?.

    En segundo término, le hago notar que, desde luego, usted hace gala de desconocer el derecho en lo tocabnte a la prescripción, pues en el derecho penal hay algo que se denomina "delito permanente" ó "delito continuado", y en relación con este tipo de delito la prescripción comienza a correr a partir del último acto de ejecución, pero en derecho civil acontece una cuestión similar en relación con los efectos de un acto, ya que la prescripción solamente comienza a correr a partir de que el afectado tiene conocimiento del acto.

    Lic. Mata:

    La madre de la manor ha utilizado el acta para trámites escolares, pero ¿¿puede usted aseverar, sin género de dudas, que el demandado conocía la existencia del acta nada más porque la menor ha sido inscrita en una escuela??, ¿¿puede usted aseverar, sin género de dudas, que el tío, el padrino, o cualquier persona que ha estado conviviendo con una familia, es el padre de cierta persona??

    ¿¡¿puede la madre de la menor modificar el contenido de la demanda para agregar los datos que el Lic. Mata considera pueden dar pauta de nuevas pruebas?!?

    ¿¡¿puede la madre de la menor modificar el contenido de la demanda para ampliar el ofrecimiento de pruebas con las que el Lic. Mata menciona?!?

    Recuerde que se trata de un juicio especial en el cual el ofrecimiento de pruebas se realiza en la misma demanda, nunca después.

    .........