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  • Consulta : 97689
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 205541

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    me apena decirte.. difiero de tu opinion... ya esta muy mastocado el asunto... pero la prescripción penal... y te digo que en un principio y como así lo marque en mi primera intervención... pensaba como tu... pero encontre en varias leyes y en documentos de este mi despacho situaciones que dan a entender que realizado el acto... y habiendo pasado 3 años de ese asentamiento... el delito ha prescrito.... y como lo que ya paso son 14 años... y no vaya a salir el señor ofendido que no sabia o no se habia dado cuenta o no estaba enterado... que su hija presumia sus apellidos... y que se entera hasta el momento de la diligecia de emplazamiento.... ya prescribio la supuesta acción penal de un delito que es del codigo penal de hace 14 años... y que no se actualiza con el actual en momento alguno....salvo buena o mejor opinión de algún buen penalista de este foro.... saludos... y... es garovalo... con v de vagina... y no con b de buey... please...