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AutorRespuesta No: 205373
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Fecha de respuesta: Domingo 16 de Enero de 2011 23:11 2011-01-16 23:11 desde IP: 187.194.17.162
mi querido pastito verde.... QUE LOS DELITOS NO PRESCRIBEN...????..... que el origen del documento no tiene ya 14 años declarados por el propio maestro PRIMUS?????.... no veo la accíon penal por ningun lado... veo el interés de presentar una accio´n penal... pero no la basificación teórica de un supuesto de delito...para que esta prospere en el sentido jurídico que se pretende.... pero en fin... eso es cosa de penalistas....
como diria mi maestro de penal... que la tierra se lo este comiendo.... "DICEN LOS ORATES CIVILISTAS...."
Mi muy DILECTO MAESTRO PRIMUS.... creo que no esta viendo la profundidad del bosque.... este es un asunto civil... el derecho a alimentos... esta probado por el solo hecho de haber ´presentado LA ACTA DE NACIMIENTO.... en ella esta consignado el derecho que la ley persigue... todo lop que se diga alrededor de dichos actos...sale sobrando.... el derecho civil es simple... tan simple como pedirlo... para que le digan a uno que si o que no... el porque...poco importa y es la base de los recursos...del juicio de amparo.... PERO PARA LOS ORATES CIVILISTAS... NO HAY DELITO ALGUNO QUE PERSEGUIR....EL DOCUMENTO BASE DE LA ACCIÓN DE ALIMENTOS ....NO ES FALSO O APOCRIFO...NO SE PELEO LA RECONVENCIÓN en base a las consideraciones ya muy vertidas y para efectos dellmar la atención del juez... Y SE PIDIO LA DISCIPANCION DE LOS TERMINOS EN LA FORMA EN QUE ANTES LE he MULTIPLANTEADO Y QUE NO ES NECEDAD... ES UNA REALIDAD DEL PROCESO CIVIL... LA CONFESORIA... ESA POCO IMPORTA... LO QUE IMPORTA ES EL DOCUMENTO BASE DE LA ACCION y ese no ha sido atacado en la forma esperada para que surja la duda tangencial...
me apena mucho decirle ...que tenemos mucho tiempo de convivir en este foro... y usted no lee lo que siempre les digo a mis consultantes... que para muchos de mis agremiados de despacho y socios,...a su decir... es un vituperio en propia cara....
""busca un abogado especialista en derecho familiar, no un “abogado”, no un “buen abogado”, un especialista en DERECHO FAMILIAR; …..Puedes también acudir a las universidades, del estado o privadas que tienen escuela de derecho, en el departamento de servicio social le asignaran un pasante que puede ayudarte a resolver tu asunto, puedes también acudir a un partido político, el que sea, ahí tienen SECRETARIA DE ACCION Y GESTION SOCIAL y ellos tienen abogados que se encargan de estos asuntos; puedes recurrir a los servicios profesionales y gratuitos de los DEFENSORES DE OFICIO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE TU ESTADO, o de otras dependencias de gobierno, o Instituciones como es el caso de los servicios gratuitos.- - - -Como ya tengo expresado, busca un abogado especialista en derecho familiar, no un “abogado”, no un “buen abogado”, un especialista en DERECHO FAMILIAR; …..Si… ya me dijeron que no haga tanta publicidad a los bufetes jurídicos gratuitos porque están saturados y luego no cumplen... pero nada le quita tratar de asesorarse antes de contratar un abogado.... e s p e c i a l i s t a.... """
cuando hablamos de un especialista... estamos hablando de una persona que sabe del ramo y del procedimiento y de los incidentes y recursos de ese procedimiento... que entiende el pensamiento foral del juez...que no se la pasa diciendo..."... inche juez ... se vendió... no hace lo que le pido... no me concede lo que la ley le ordena"... que se la pasa pidiendo recursos e incidentes que nunca le prosperan...por ahi esta una turista ... que dice que es forista.... y así se expresa del ministerio público.... JULIETTA 33... CONSULTA 96890... donde dice cada tonteria del ministerio público... pero a leguas se nota... que no sabe un apice de penal...remito a la lectura de esta consulta... al efecto de no tergiversar mi pensamiento actual....
MAESTRO... no es que usted haya perdido el asunto de alimentos... ya lo perdió... la forma de atacar en materia civil... es muy distinta a la materia penal... donde ...de lectura de sus textos... lo considero UN MAESTRO.... pero en materia de derecho familiar... en materia de alimentos... veo que no tiene la profundidad del proceso... y del procedimiento a seguir... y que en este caso y para este caso... una acción penal...no va a prosperar... y menos aún... va a destruir en el conocimiento y animo del juez... la obligación que nace y que se concedera de DAR ALIMENTOS.... lo cual crea en el CLIENTE una inseguridad... cosa que es rutinaria y muy vista en esta sala... ya que es continuo que la gente... el peluchaje... la parvada... la piara... LOS CLIENTES... digan: ......"#... NO ME TRANZO MI ABOGADO??... primero me dijo esto y salio esto.... "....
he tratado de decirle en todos los tonos... bajo el principio de A BUEN ENTENDEDOR ...POCAS PALABRAS... sin llegar a ser tan directo y crudo como mi muy querido LIC MATA... pero llego ese momento....NO VA A GANAR EL ASUNTO DE DESTRUIR LA OBLIGACION ALIMENTARIA... porque el juez no se fija en otra cosa que no sea en el ACTA DE NACIMIENTO... DONDE PARA EL ...APARECE RECONOCIDA LA OBLIGACIÓN DE DAR ALIMENTOS EN LA FORMA QUE LA LEY ORDENA.... si hubo o no una relación... esa ya esta reconocida por el acta... y sigue usted sin decir la verdad de este asunto... SU CLIENTE RECONOCE QUE la beneficiaria de la acción civil ES SU HIJA O NO RECONOCE QUE ES SU HIJA....EN FORMA BIOLOGICA... Y NO LEGAL.... porque... esto va a terminar en una acción civil de reconocimiento de paternidad por medio de ADN... y no es tan importante un asunto de cumplimiento de alimentos... como el de uno de nulidad de documento público con antiguedad de 14 años.... cuando la verdad es que SI ES SU HIJA... le esta haciendo perder el tiempo... dinero...esfuerzo y cordura jurídica... si al final... si es su hija...
ya tiene ustedmuchas peleas ganadas... y sabe a lo que me refiero... no se deje endulzar el oido con el canto de las sirenas que le dicen que tiene la razón... cuando este contenido siempre lo ha atacado...
esta sera una de mis últimas entregas e intervenciones en este asunto... porque ya lo hemos masticado mucho y no quiere usted concedernos ninguna razón... de logica juridica y de procedimiento civil ya de explorado derecho.... le deseo lo mejor y tratare de ya no intervenir...
saludos a todos los partycipantes de este ´party.... su cuate ... garovalo...
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