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AutorRespuesta No: 204882
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Fecha de respuesta: Jueves 13 de Enero de 2011 22:10 2011-01-13 22:10 desde IP: 189.137.93.112
ADDENDUM:
Nazario:
El fraude procesal ya está consumado, pues se trata de un delito de mera conducta en el cual, el tipo nunca requiere resultado, este delito se consumó desde el momento en que la demanda fue ingresada en la Oficialía de Partes del Tribunal.
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