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  • Consulta : 97689
  • Autor : Primus Tribunus
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  • Autor
    Respuesta No: 204879

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    nazario:

    Nunca han estado casados, consecuentemente tampco existe acta de matrimonio, la actora manifiesta "...de nuestra unión procreamos..." dando a entender dolosamente que existe un matrimonio.

    tuamigoabogado:

    Gracias mil pot todo y en particular por la última tesis de jurisprudencia, la de contradicción que en letras azules resalta el punto que más interesa en el asunto planteado en la presente consulta.

    garovalo:

    Nuestro colega tuamigoabogado ha hecho una importantísima aportación que refuerza mi punto de vista y que comento en el parágrafo precedente, y en otro orden de ideas, le recuerdo que para demandar la nulidad de las actas del registro Civil, es requisito sine qua non que se demande al propio Registro Civil, por lo que, en relación a la reconvención que usted recomienda, a continuación transcribo jurisprudencia que impide dicha reconvención dentro del juicio motivo de la presente consulta:

    Novena Época

    Registro: 922067

    Instancia: Primera Sala

    Jurisprudencia

    Fuente: Apéndice (actualización 2002)

    Tomo IV, Civil, Jurisprudencia SCJN

    Materia(s): Civil

    Tesis:      19

    Página:    29 

    Genealogía:

    Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XVI, diciembre de 2002, página 133, Primera Sala,  tesis 1a./J. 59/2002.

     RECONVENCIÓN. SÓLO PUEDE HACERSE VALER EN CONTRA DEL ACTOR, NO ASÍ DE TERCERAS PERSONAS.-

    La reconvención es la figura procesal que permite a la parte demandada en un juicio presentar, a su vez, una demanda únicamente en contra del actor, mediante la cual reclame a éste diversas prestaciones que pueden formar parte de la controversia; derecho que deberá ejercer precisamente al momento de contestar la demanda por encontrarse sujeto al principio de la preclusión. Además, dada su naturaleza no puede hacerse valer respecto de terceras personas, sino sólo en contra del actor; de ahí que resulta improcedente la reconvención que no sea contra éste.

     Novena Época:

     Contradicción de tesis 74/2001-PS.-Entre las sustentadas por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito y el Segundo Tribunal Colegiado del Séptimo Circuito, actualmente Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del propio circuito.-3 de julio de 2002.-Cinco votos.-Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas.-Secretaria: Beatriz J. Jaimes Ramos.

     Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XVI, diciembre de 2002, página 133, Primera Sala,  tesis 1a./J. 59/2002; véase la ejecutoria en la página 134 de dicho tomo.

    Y en relación a su propuesta de que el demandado se allane: ¿¡¿cómo será que el demandado se allane al pago de alimentos y posteriormente demande nulidad del acta de nacimiento cuando el allanamiento tiene la consecuencia de que dicha nulidad ya sea "cosa juzgada"?!?.