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  • Consulta : 97689
  • Autor : FAUSTO LUNA
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  • Autor
    Respuesta No: 204738

  • FAUSTO LUNA
    NO REGISTRADO

    Comparto los comentarios del Lic. Ulloa88, y no creo necesario manifestar que aunado a la vista que se le de al mp adscrito tambien es muy importante excepcionarse a la demanda interpuesta, ya que recordemos que es la unica oportunidad, claro esta que para el sabio conocimiento de maestro Primus Tribunos, sale sobrando este comentario, a lo que cabria en tal circunstancia también señalar que independientemente de la nulidad del acta de nacimiento, tambien cabe el reconocimiento de la paternidad, o en su caso el desconocimiento en la debida reconvencion, para ello es de suma importancia que el cliente hable con la verdad, porque de nada sirve armar un sin fin de artimañas para al final de cuentas el juez depues de muchos debates resuelva que si es hija del cliente.

    Saludos a todos los foristas.