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AutorRespuesta No: 204695
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Fecha de respuesta: Jueves 13 de Enero de 2011 13:02 2011-01-13 13:02 desde IP: 187.144.39.71
despues de la lectura... le recuerdo maestro que una cosa es el penal y otra cosa es el civil... lo que no pidio en el civil... ya lo perdio... porque debio pedir la nulidad de la paternidad ya que entro en momento tacito ...al no negarla... la reconoce... (maña de abogado experto), ya lei nuevamente su consulta... y la verdad... no veo los puntos que de mi respuesta clama... en fin... suerte... y de la elctura del ULLLOA... no difieron con el... es claro que no hay delito alguno que perseguir...
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