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  • Consulta : 97679
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 204499

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Si bien es cierto, existen algunos grupos empresariales que publicitan a los trabajadores que, con causa justificada o sin ella son separados del trabajo y entablan demandas en su contra, ello no legitima ese tipo de acciones.

    Lo anterior, porque expresamente el artículo 133, fracción IX, de la Ley Federal del Trabajo, expresamente prohibe a los patrones emplear el sistema de poner en el índice alos trabajadores que seseparen o sean separadosdel empleo, para que no se les vuelva a dar ocupación, precepto legal que, en caso de acreditarse su infracción por parte decualquier patrón, puede dar lugar a graves sanciones por parte de las autoridades laborales e, inclusive, fincárseles responsabilidades de carácter penal, de acuerdo con los Códigos Penalesen algunos Estados de la República.

    En su caso, quizálomás sano y menos perjudicial para usted, además de haberse desprendido de ese trabajador indeseable, es que si al acudir a solicitar empleo en otro lugar, lo da como referencia, podrá poner sobre aviso a quien pretenda contratarlo, sin que le represente a usted ningún riesgo.