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AutorRespuesta No: 204612
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Fecha de respuesta: Miércoles 12 de Enero de 2011 21:55 2011-01-12 21:55 desde IP: 189.217.30.75
Distinguido alfrahe
Ante la gran tragedia de las dos familias como lo es del trabajador, y como del patrón, me permito emitir mi opinión
En el caso de trabajadores de la construcción se requería por lo riesgoso del desempeño de su trabajo, manifestar la obra y el empleado ante el IMSS, en términos del REGLAMENTO DEL SEGURO SOCIAL OBLIGATORIO PARA LOS TRABAJADORES DE LA CONSTRUCCION POR OBRA O TIEMPO DETERMINADO, aun que se tratara de obraampliación o reparación de inmuebles, por lo que de inmediato su contador, presente los avisos y pagos extemporáneos de su obra y evitar le finquen un crédito fiscal muy grande
Por otro lado en el caso de trabajadores de la Construcción se debe hacer responsable del trabajador el IMSS, incluso de la indemnización, dado que ellos tienen en su régimen esa posibilidad, recuerden que el IMSS se dedica a cobrar por todo el territorio nacional, las cuotas obrero patronales por todos los albañiles y tiene un fondo para cubrir estas lamentables tragedias y evitar que este pobre hombre quede postrado en una cama y sin dinero por accidentarse al buscar su sustento
Consultante se requiere de todo su apoyo y soliradidad con su trabajador
En caso de duda quedo a la espera de su contacto
atte.
Talento, pasión y trabajo
Lic José Juan Aguilera
TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)
al 044 55 20 66 82 81
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