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Fecha de respuesta: Martes 11 de Enero de 2011 17:15 2011-01-11 17:15 desde IP: 187.194.40.216
saludos a los participantes...
consultante... puedes iniciar la acción de pago de alimentos en el momento que se te de la gana... pero no creo... es mi punto de vista personal... que proceda ...ya que desgraciadamente los jueces... PIENSAN COMO YO... y yo pienso como los jueces...si ellos no lo pueden poner en su sentencia... pos yo si puedo... que poca...ya tienes lo que querias... ahora mantenlos... saludos a todos los participantes...
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